Educación artística y patrimonial

Se refiere a la inclusión en el currículo escolar de temáticas culturales, artísticas y patrimoniales; a los enfoques de educación y aprendizaje a través de las artes: a fortalecer la educación patrimonial; a garantizar el acceso de niñas, niños y jóvenes a experiencias culturales y artísticas de calidad; y a promover una educación integral y que fortaleza la creatividad.

¿Qué dice la Constitución vigente?

La Constitución actual incluye el derecho a la educación, especificando que “la educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida” y que corresponderá al Estado “fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles”.

La ley N° 21.045 que creó el Ministerio de las Culturas las Artes y el Patrimonio considera entre las funciones y atribuciones “fomentar y colaborar, en el ámbito de sus competencias, en el desarrollo de la educación artística no formal como factor social de desarrollo”.

Además, el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio tiene como una de sus funciones “proponer al Ministro iniciativas que tengan por fin promover el vínculo permanente con el sistema educativo formal y la coordinación necesaria con el Ministerio de Educación, de acuerdo al número 24 del artículo 3 de la presente ley”.

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