Incluye temáticas tales como la protección social para los y las trabajadores/as de las culturas, las artes y el patrimonio; la protección y fomento a la creación artística; la democratización de instancias de formación; el desarrollo de oficios y profesionalización de artistas; y la formalización de las organizaciones culturales y trabajadores/as de las culturas, las artes y el patrimonio (sindicalización y/o agrupación de gremios).
¿Qué dice la Constitución vigente?
En relación a la seguridad social, la Constitución señala que “la acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas”, y que la ley “podrá establecer cotizaciones obligatorias”. Además, contempla que “las organizaciones sindicales gozarán de personalidad jurídica por el solo hecho de registrar sus estatutos y actas constitutivas en la forma y condiciones que determine la ley”.
Si quieres revisar material y documentos complementarios que puedan entregarte información adicional sobre esta temática, haz click en los siguientes enlaces:
Cultura y condiciones laborales de los artistas: aplicar la Recomendación de 1980 relativa a la Condición del Artista (UNESCO; 2019)